lunes, 29 de abril de 2013

Porteo y legalidad

Desde hace mucho tiempo, la Fracción del Movimiento Libertario ante la Asamblea Legislativa viene advirtiendo que el tema del porteo no se abordó con la responsabilidad del caso, ni por el actual  ni por los anteriores gobiernos. Nuestro Código de Comercio regulaba la actividad anterior al año 2011, cuando se aprobó la ley 8955 que tantos problemas ha presentado.

La actividad del porteo es legal, y funcionaba de acuerdo a la legislación de este Código, era un instrumento útil para el comercio de nuestro país. Si el gobierno en su momento pretendía controlar alguna irregularidad, no era empeorando la legislación existente como lo iba a lograr. Esto lo advertimos con vehemencia la Diputada Marielos Alfaro y mi persona, en la Comisión Plena Segunda, órgano legislativo que se encargó de dar paso a una ley carente de una correcta técnica legislativa como de una lógica jurídica.
La ley resultante, eliminó la palabra “personas” de la normativa del Código, y en nuestra opinión, violentó artículos constitucionales, aunque lamentablemente la Sala opinó diferente cuando fue consultada al respecto. Sin embargo, parece que el tiempo nos ha dado la razón, cuando vemos las manifestaciones recientes de taxistas, al considerar que quienes están realizando el porteo, lo están haciendo de manera contraria a la legislación.

El problema es que la ley vigente ignoró, de manera equivocada, el hecho de que la actividad del porteo es de carácter privado, y en su lugar, propuso una figura a la que denominó transporte especial estable de taxi, que debía ser otorgada por medio de un permiso. Sin embargo, aún cuando las personas que se dedicaban al porteo antes de la ley, afirman haber presentado los requisitos para que se les otorgue el permiso, este se les denegó, y sus apelaciones están sin resolver aún por parte del Consejo de Transporte. Y es este precisamente otro error que quedó establecido en la ley, es decir, otorgó más responsabilidades al Consejo, cuando sabemos que la eficiencia no es una de sus virtudes.
Una ley confusa, que creó una figura nueva, convirtió una actividad privada en un servicio que no se clasifica como concesión, ya que no es producto de una licitación pública sino de un permiso, desnaturalizando completamente la simplicidad de una actividad valiosa para el comercio. Es la causante del desorden y la inseguridad jurídica que se está presentando.
El desastre en el otorgamiento de placas de taxi, del cual Costa Rica ha sido testigo desde hace mucho tiempo, se repite ahora con los permisos para el transporte especial estable de taxi, y los más perjudicados resultan ser los usuarios de los servicios, que no sólo se quedan sin opciones efectivas de transporte, sino que además, se enfrentan a las protestas callejeras de los sectores involucrados, impidiendo su libre tránsito.

Nuestra Fracción Libertaria lo advirtió en su momento, con argumentos jurídicos y con el detalle de los principios constitucionales lesionados, pero no se nos escuchó. Nuestras palabras quedaron en las actas de aquella Comisión Plena, y las referencias a la jurisprudencia constitucional que mencionamos, y que se refiere a estos principios, puede ser consultada en ellas. Un grave error legislativo al amparo de un 208 bis orquestado desde las oficinas del exministro Jiménez en el MOPT, acuerpado por Liberación Nacional y otras fuerzas políticas que se precipitaron, que pusieron oídos sordos a nuestros argumentos, co-responsables del caos vial que un día sí y otro también, sufrimos todos los costarricenses.
¿Qué podemos hacer ahora? Lo pertinente es corregir el error normativo derogando o reformando esa ley, y, mientras tanto, debemos ser fiscalizadores estrictos en el otorgamiento de los permisos, exigiendo al Consejo de Transporte eficiencia en sus obligaciones, de lo contrario, estaremos alimentando un desorden colectivo que muy pronto se nos va a salir de control.




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